Los jubilados y pensionados que perciben sus haberes a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) recibirán en agosto de 2026 un incremento del 1,9% en la jubilación, en línea con la inflación de junio informada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).

La actualización se aplicará mediante el mecanismo de movilidad vigente, que ajusta las prestaciones tomando como referencia la evolución mensual del Índice de Precios al Consumidor (IPC). Además, el organismo mantendrá el pago del bono extraordinario de hasta $70.000 para los beneficiarios alcanzados.

Cumplir con los 30 años de aportes exigidos por la legislación previsional habilita el acceso a la jubilación ordinaria, aunque eso no implica que todos los beneficiarios perciban el mismo haber.

El monto inicial depende de la historia salarial de cada trabajador. Para establecerlo, ANSES toma el promedio actualizado de las remuneraciones correspondientes a los últimos 120 meses de aportes, es decir, los diez años previos a la jubilación. En ese cálculo no se considera el aguinaldo.

Una vez obtenido ese promedio, el organismo aplica la fórmula prevista por la normativa previsional para determinar el haber inicial.

Desde diciembre de 2025, además, los salarios utilizados para ese cálculo se actualizan mediante un índice que combina la evolución de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) y la movilidad jubilatoria.

Este mecanismo fue establecido por la Disposición 29/2025 del Ministerio de Capital Humano y rige para quienes iniciaron su jubilación desde esa fecha.

El sistema previsional también reconoce a quienes realizaron aportes durante más tiempo del mínimo requerido.

Por cada año trabajado por encima de los 30 exigidos se suma un 1% al haber inicial, con un límite máximo del 15%, equivalente a un reconocimiento de hasta 45 años de aportes.

De todos modos, si luego de aplicar ese cálculo el haber resultante queda por debajo de la jubilación mínima vigente, el beneficiario percibirá el haber mínimo garantizado por el sistema previsional.

Con el incremento del 1,9%, los principales haberes quedarán de la siguiente manera:

En tanto, las restantes prestaciones tendrán estos valores:

El refuerzo extraordinario continuará vigente durante agosto para los beneficiarios comprendidos por la medida.

Lo cobrarán de manera completa:

Por su parte, quienes perciban un haber superior al mínimo pero inferior al tope establecido por ANSES recibirán un bono proporcional, de manera que el ingreso total alcance el monto definido por el organismo.