Condenados de Pinamar por abuso sexual agravado. Ocurrió en el 2012, la condena hoy.


Se trata de Natalia Estela Vitale, de 40 años de edad, masajista, nacida en Capital Federal; y Hugo Oscar Mir, de 38, natural de Trelew (Provincia de Chubut), ambos domiciliados en Ostende y condenados por el delito de “Abuso sexual agravado por ser encargados de la guarda”, a la pena de 4 años de prisión.

Los hechos ocurrieron en Valeria del Mar en 2012. Una extraña coincidencia años después permitió saber de los abusos y procesar a los responsables. El fallo se dictó en el Tribunal en lo Criminal nº 2 Departamental.

Los detalles

En un fallo reciente dictado por el Dr. Eduardo Campos Campos actuando como Juez unipersonal del Tribunal en lo Criminal nº 2 Departamental, se condenó a una pareja juzgada por “abuso sexual agravado” en Valeria del Mar, cuya víctima al momento de los hechos tenía poco más de tres años de edad.

Según puntualizó el Juez, durante el transcurso de los meses de enero y febrero del año 2012 en el interior de la vivienda de Valeria del Mar, en circunstancias que una menor era llevada por su madre a dicho domicilio a fin de que una mujer la cuidara en su condición de niñera, ésta junto a su pareja abusaron sexualmente de la niña. Para ello en reiteradas ocasiones mediante golpes y malos tratos la mujer llevaba a la menor a la habitación matrimonial, la acostaba junto a su pareja y presenciaba como la tocaba sobre las prendas de vestir y en algunas ocasiones también por debajo.

La madre de la menor en octubre de 2015 formuló la denuncia, indicando que días antes habían concurrido a una vivienda donde recientemente se habían cambiado unos familiares, oportunidad en que su hija llorando había reconocido el lugar donde aquella mujer la cuidaba, precisando la menor que ese lugar no le gustaba porque esa señora “la mandaba a dormir con el marido”, quien la abrazaba y tocaba. La denunciante precisó que ello había ocurrido durante la temporada 2011-2012 cuando ella y su esposo trabajaban, por lo que en determinado horario dejaban a su hija en ese domicilio para que la cuidaran, dado que en ese lugar prestaban un servicio de guarderías para chicos, habiendo tomado conocimiento dijo, que alquilaban y que posteriormente habían adquirido una propiedad y se habían cambiado, prosiguiendo con esa actividad según había podido advertir en una publicidad que había en un almacén.

El informe psicológico indicó que la niña había estado expuesta a vivencias de abuso sexual, que no se habían detectado en ella indicadores de fabulación ni tampoco ideaciones motivadas por algún adulto.

La menor en la su declaración, que se obtuvo bajo el sistema de Cámara Gesell, manifestó haberse sentido aliviada cuando dejaron de llevarla a esa casa porque ahí le hacían cosas malas.

Al declarar los imputados sugirieron relaciones sentimentales y enemistades con los denunciantes, precisando la imputada que todo era una maniobra en contra de ella y su esposo, precisando éste último, que trabajaba casi todo el día para una empresa de grúas en Pinamar, que regresaba de madrugada, por lo tanto no podía ser responsable de la acusación que se había en su contra, haciendo alusión a un complot en contra de ambos por parte de familiares de la denunciante.

Sin embargo para el Juez, resultaba evidente que los imputados con su declaración habían tratado de mejorar su situación procesal frente al hecho que se les endilgaba, considerando que la coartada intentada había caído frente al contundente plexo probatorio, destacando el testimonio del Gerente de la Empresa de Servicios de Grúas para Automotores, que indicó que los empleados no cumplían un horario fijo, sino que estaban autorizados a llevarse la grúa a su casa y esperar ser llamados para realizar algún nuevo servicio.

Por ello el Dr. Campos Campos resolvió condenar a Natalia Estela Vitale, de 40 años de edad, masajista, nacida en Capital Federal; y a Hugo Oscar Mir, de 38, natural de Trelew (Provincia de Chubut), ambos domiciliados en Ostende, como coautores del delito de “Abuso sexual agravado por ser encargados de la guarda”, imponiéndoles a cada uno una pena de “Cuatro años de prisión”.

Fuente y Foto: Diario Compromiso Dolores.