Las multas de tránsito tienen nuevos valores en la Ciudad de Buenos Aires y la provincia de Buenos Aires. La actualización de la Unidad Fija (UF), utilizada como referencia para calcular las sanciones, elevó el costo de infracciones frecuentes como el exceso de velocidad, cruzar un semáforo en rojo, conducir sin seguro o utilizar el teléfono celular al volante.

En CABA, la Unidad Fija fue actualizada a $1.173,08, mientras que en la provincia de Buenos Aires el valor vigente para septiembre y octubre es de $2.281.

Frente a una infracción, sin embargo, el monto de la multa no es la única cuestión que debe considerar el conductor. Una vez notificado, puede optar por el pago voluntario, presentar un descargo si cuestiona la infracción o, cuando se cumplen los requisitos legales, plantear la prescripción.

También existe otra posibilidad: no pagar ni presentar un descargo. En ese caso, la multa no desaparece por el simple transcurso del tiempo. El expediente puede continuar y la situación debe analizarse de acuerdo con las reglas de cada jurisdicción.

El pago voluntario permite, en los casos previstos por cada jurisdicción, abonar la multa con una reducción respecto del monto que podría corresponder dentro de la escala de la infracción.

Al elegir esta alternativa, el conductor opta por resolver la situación sin continuar la discusión administrativa sobre la procedencia de la falta. Por eso, antes de efectuar el pago es importante revisar los datos del acta y determinar si existen elementos para cuestionarla.

Entre otros aspectos, se pueden verificar:

El pago voluntario puede limitar posteriormente la posibilidad de discutir la infracción por las vías ordinarias previstas para el descargo.

Por ese motivo, el descuento asociado al pago voluntario debe diferenciarse de la posibilidad de cuestionar la multa. Si el conductor considera que el acta tiene errores o que existen pruebas que contradicen la infracción, deberá analizar esa situación antes de pagar.

No pagar una multa no significa que la infracción quede automáticamente anulada.

Si el conductor no utiliza el pago voluntario ni presenta un descargo, la situación de la infracción continúa su curso conforme al procedimiento previsto en la jurisdicción correspondiente. La multa puede quedar pendiente y, si existe una resolución firme, pueden activarse los mecanismos previstos para reclamar su pago.

Por eso, dejar una multa sin pagar no equivale a esperar que prescriba. Para determinar si efectivamente transcurrió el plazo de prescripción deben analizarse la fecha de la infracción, las notificaciones y las distintas actuaciones realizadas en el expediente.

La existencia de una multa pendiente también puede tener incidencia en determinados trámites vinculados con el vehículo o la licencia de conducir, aunque este punto fue cuestionado en distintos antecedentes judiciales.

El conductor que considera que la infracción es incorrecta puede presentar un descargo ante el juzgado o la autoridad administrativa competente.

El procedimiento y los plazos dependen de la jurisdicción. El planteo puede incluir pruebas y argumentos relacionados con las circunstancias de la infracción.

Entre los motivos que pueden ser analizados se encuentran:

En las fotomultas, pueden resultar relevantes las imágenes, la identificación del vehículo y las condiciones en las que se realizó la constatación. En las infracciones detectadas mediante un control presencial, pueden discutirse las circunstancias consignadas en el acta.

La presentación del descargo permite que la autoridad competente analice los argumentos y las pruebas. Como resultado, puede dejar sin efecto la infracción, modificar la sanción o confirmar la multa.

La prescripción de una multa de tránsito puede plantearse cuando transcurrió el plazo establecido por la normativa sin que las actuaciones realizadas hayan impedido que se cumpla ese término.

El vencimiento del plazo no necesariamente implica que la infracción sea eliminada de manera automática de los registros. Según el régimen aplicable, el conductor puede tener que plantear la prescripción ante la autoridad competente y obtener una resolución.

Los plazos varían según la jurisdicción y el tipo de infracción.

En la provincia de Buenos Aires, el régimen diferencia entre:

En la Ciudad de Buenos Aires, el plazo de prescripción previsto para las faltas es de 5 años.

Para establecer si una multa está prescripta no alcanza con contar los años desde la fecha en que fue cometida. También es necesario revisar qué ocurrió posteriormente con el expediente, ya que las actuaciones destinadas a impulsar el procedimiento pueden tener efectos sobre el cómputo de la prescripción.

Entre otros elementos, deben considerarse:

La utilización de multas pendientes como condición para realizar trámites vinculados con la licencia de conducir fue cuestionada en distintos procesos judiciales.

Uno de los antecedentes recientes corresponde a un conductor de San Benito, cuya renovación de licencia había quedado bloqueada por infracciones registradas en el Certificado Nacional de Antecedentes de Tránsito (CENAT).

La Justicia Federal de Paraná hizo lugar al amparo y el juez Daniel Edgardo Alonso ordenó a la Agencia Nacional de Seguridad Vial y a la Municipalidad de San Benito avanzar con el trámite sin exigir previamente el pago de las infracciones registradas.

La decisión judicial no declaró inexistentes las infracciones ni liberó al conductor de una eventual obligación de pagarlas.

El planteo se centró en determinar si la renovación de la licencia podía quedar condicionada al pago de una deuda por multas.

En el caso analizado, la sentencia estableció que las infracciones podían ser reclamadas por las vías correspondientes, pero que no debían impedir por sí mismas la renovación de la licencia.

Durante el expediente, además, la ANSV informó sobre la existencia de un mecanismo que permitía continuar el trámite sin incorporar determinadas infracciones informadas por las jurisdicciones.

En la provincia de Buenos Aires también existen antecedentes judiciales sobre la exigencia del pago de multas para renovar la licencia.

En una causa promovida por Pablo Augusto Barril, el Tribunal en lo Criminal N.º 6 de Morón cuestionó esa exigencia y declaró inconstitucional, para ese caso, una disposición reglamentaria.

La decisión fue posteriormente confirmada, también para la situación concreta analizada, por la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de San Martín.

Estos fallos no modificaron de manera general la normativa para todos los conductores bonaerenses.

En paralelo, el diputado provincial Juan Osaba presentó un proyecto para modificar la Ley Provincial de Tránsito 13.927 y prohibir que la Provincia o los municipios exijan un certificado de libre deuda como condición para obtener, renovar o solicitar un duplicado de la licencia.

La iniciativa no elimina las multas ni implica una condonación de las deudas. Propone separar el trámite relacionado con la habilitación para conducir del mecanismo destinado al cobro de las infracciones.

Por el momento, se trata de un proyecto de ley que no modificó la normativa vigente.

La actualización de la Unidad Fija en la Ciudad de Buenos Aires llevó algunas sanciones a montos superiores a los $4 millones.

Entre las principales infracciones se encuentran:

Determinadas infracciones también pueden generar consecuencias en el sistema de scoring y afectar la habilitación para conducir.

En territorio bonaerense, la Unidad Fija vigente para septiembre y octubre es de $2.281.

La negativa a realizar un control de alcoholemia tiene la escala más alta y puede alcanzar los $2.737.200.

Las principales sanciones son:

La diferencia entre las alternativas es central: pagar voluntariamente permite acceder al beneficio previsto cuando corresponde; presentar un descargo permite discutir la infracción; y dejar una multa impaga no significa que haya prescripto.

Para determinar si una sanción puede ser cuestionada o si transcurrió el plazo de prescripción, deben revisarse la jurisdicción, el estado del expediente, las notificaciones y las actuaciones realizadas desde la infracción.