El Juzgado
Correccional N° 3 de Dolores dio a conocer este miércoles 19 de agosto la
sentencia contra el oficial de policía Aarón José Saez, único imputado que
rechazó el acuerdo de juicio abreviado y decidió enfrentar el debate oral en el
marco de la causa por violencia institucional ocurrida el 22 de octubre de 2024
en General Madariaga. El magistrado lo condenó a un año y seis meses de prisión
de ejecución condicional, inhabilitación especial por tres años para ocupar
cargos en fuerzas de seguridad y el cumplimiento de reglas de conducta, entre
ellas un tratamiento psicológico.

El hecho
juzgado tuvo lugar pasada la 1 de la madrugada en la intersección de la Avenida
Buenos Aires y la calle Olavarría, cuando la víctima fue interceptada por
efectivos de la Patrulla Urbana Municipal y un policía. Según consta en el
expediente, la víctima no ofreció resistencia, pero fue reducida con extrema
violencia: el oficial Saez la tomó del cuello hasta provocarle el
desvanecimiento, mientras los otros tres agentes la golpeaban con una tonfa,
patadas y presionaban su cabeza contra el suelo. Como resultado, el joven
sufrió lesiones leves agravadas, escoriaciones y una fractura nasal, todo
registrado por las cámaras del centro de monitoreo local.

El juez
interviniente calificó la conducta del imputado como constitutiva de los delitos
de «vejaciones en acto de servicio en concurso ideal con lesiones leves
agravadas por la condición de miembro de una fuerza de seguridad del sujeto
activo», previstos en los artículos 144 bis inciso 2, 92 en función de los
89 y 80 inciso 9, y 54 del Código Penal. En su resolución, el magistrado
sostuvo que la maniobra de asfixia aplicada por Saez no puede ser entendida
como cumplimiento de un deber ni como un exceso justificado, sino como «un
acto degradante a la dignidad» de la víctima, que atacó su sentimiento de
respeto y humilló su condición de persona.

El fallo,
que aún no se encuentra firme y puede ser apelado ante la Cámara de Apelación y
Garantías Departamental, impuso además al condenado las siguientes reglas de
conducta por el término de tres años: fijar residencia y someterse al control
del Patronato de Liberados, abstenerse de relacionarse con la víctima y sus
familiares directos, y realizar un tratamiento psicológico tendiente a
controlar sus impulsos y emociones, debiendo acreditar su concreción y, en su
caso, alta definitiva.

El proceso
judicial tuvo un desarrollo bifurcado desde sus inicios. Mientras los tres
agentes municipales —Luciano José Balbín, Jorge Alberto Ganduglia y Raúl
Osvaldo Luján— alcanzaron un acuerdo de juicio abreviado mediante el cual
aceptaron su responsabilidad y una condena de un año de prisión en suspenso y
dos años de inhabilitación para ejercer cargos públicos, el oficial Saez
rechazó ese entendimiento y optó por llevar su caso a juicio oral. Esa decisión
derivó en la sentencia que ahora se conoce, que lo encuentra culpable con una
pena más severa que la propuesta para los otros involucrados.

Cabe
recordar que la situación procesal de los tres efectivos municipales aún no
está resuelta en definitiva. El acuerdo abreviado al que arribaron deberá ser
homologado por otro juzgado o eventualmente podría derivar en un
sobreseimiento, pero esa decisión será adoptada en un pronunciamiento separado,
por lo que la responsabilidad penal de Balbín, Ganduglia y Luján será definida
en otra instancia judicial. De esta manera, la sentencia dictada este miércoles
alcanza exclusivamente al oficial Saez, mientras que la suerte de los agentes
de la Patrulla Urbana Municipal permanece a la espera de la resolución que
adopte el magistrado sobre el acuerdo ya firmado