El pago del aguinaldo es un derecho reconocido por la legislación laboral para las empleadas domésticas. Sin embargo, cada semestre se registran casos de trabajadoras que no reciben este beneficio dentro de los plazos establecidos. Ante esa situación, existen distintos mecanismos para reclamar el cobro y exigir que el empleador cumpla con la obligación.
Si el aguinaldo todavía no fue abonado, lo recomendable es actuar de manera gradual: primero intentar resolver el inconveniente de forma directa y, si no hay respuesta, avanzar con un reclamo formal o solicitar asistencia ante las autoridades laborales.
De acuerdo con la Ley 26.844, que regula el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, la primera cuota del aguinaldo debió abonarse, en principio, antes de finalizar junio.
En la práctica, el pago debe realizarse durante la última jornada laboral del mes. Por ejemplo, si una trabajadora presta servicios únicamente un día específico de la semana, el empleador debe entregar el aguinaldo en ese último día trabajado del mes.
No obstante, la normativa también contempla un plazo adicional de hasta cuatro días hábiles, por lo que el pago puede efectuarse, como máximo, hasta el día de hoy, lunes 6 de julio.
Por lo tanto, los empleadores que no pagaron hasta el día de hoy aún se encuentran en regla. No obstante, a partir de las 0:00 hs del martes 7 de julio se comienza a estar en infracción.
El aguinaldo equivale al 50% del mejor salario mensual percibido durante el semestre. Para determinar ese monto deben considerarse conceptos como:
Si la empleada no trabajó durante todo el semestre, corresponde liquidar un aguinaldo proporcional, calculando primero la mitad del mejor sueldo y luego prorrateándolo según el tiempo efectivamente trabajado.
En el caso de las empleadas domésticas que trabajan por hora, el procedimiento es similar: se suman las remuneraciones percibidas en cada mes, se identifica el ingreso más alto del semestre y sobre ese valor se calcula el medio aguinaldo.
Respecto del recibo de sueldo, el empleador puede incluir el aguinaldo junto con el salario mensual si ambos se pagan el mismo día o, si lo liquida por separado, entregar un comprobante específico que detalle ese concepto.
El primer paso consiste en comunicarse con el empleador para conocer el motivo de la demora. En muchos casos puede tratarse de un error o un retraso administrativo que se resuelve rápidamente.
Si no existe una respuesta o el pago sigue sin concretarse, la trabajadora puede enviar un reclamo formal mediante una carta documento o un correo electrónico, solicitando el pago inmediato del aguinaldo. Es importante conservar una copia de esa comunicación como respaldo.
Por último, si la situación sigue sin resolverse, la empleada doméstica puede recurrir al Ministerio de Trabajo para recibir asesoramiento o consultar con un abogado especializado en derecho laboral sobre los pasos a seguir.

