La Cámara Federal de Casación Penal rechazó este viernes el pedido de la defensa de Cristina Kirchner para flexibilizar las condiciones de su prisión domiciliaria. La ex presidenta seguirá con tobillera electrónica, régimen restringido de visitas y horarios limitados para usar la terraza del edificio donde cumple su condena.

La decisión fue por mayoría. La Sala IV, integrada por Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña, votó 2 a 1. Hornos y Barroetaveña rechazaron el recurso presentado por los abogados Carlos Beraldi y Ary Llernovoy. Borinsky votó en disidencia y propuso eliminar las tres restricciones.

Cristina Kirchner cumple desde el 17 de junio de 2025 una condena de seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. La sentencia por administración fraudulenta en la causa Vialidad quedó firme el 10 de junio de ese año, cuando la Corte Suprema rechazó el último planteo de su defensa.

La ex presidenta lleva casi un año bajo este régimen sin registrar incumplimientos, con custodia policial permanente en su domicilio de San José 1111. Aun así, la mayoría de Casación consideró que mantener las restricciones no es un agravamiento, sino parte del control propio de una modalidad excepcional de cumplimiento de pena.

La defensa había pedido levantar tres medidas concretas. Primera: el uso de tobillera electrónica para monitoreo permanente. Segunda: un régimen restringido de visitas, más estricto que el aplicado habitualmente en detenciones domiciliarias. Tercera: limitaciones horarias para acceder a la terraza del edificio.

Todas esas condiciones fueron impuestas originalmente por el Tribunal Oral Federal 2, el tribunal que ejecuta la condena. Con el fallo de Casación, quedaron ratificadas sin modificaciones.

Los abogados argumentaron que durante casi un año no hubo incumplimientos. Que el domicilio cuenta con custodia policial permanente. Que tanto el régimen de visitas como el monitoreo electrónico tienen una aplicación minoritaria entre las personas que cumplen prisión domiciliaria.

También señalaron que las restricciones para usar la terraza carecían de fundamento razonable. La defensa sostuvo que respetar las condiciones durante meses debía servir como antecedente para flexibilizar un régimen que consideraban más estricto que el aplicado en casos similares.

Gustavo Hornos redactó el voto que conformó la mayoría. Su postura: las medidas de control no implican un agravamiento de la condena. Según su criterio, respetar las condiciones impuestas no obliga a flexibilizarlas, sino que constituye un requisito para conservar la prisión domiciliaria en lugar del encierro en una unidad penitenciaria.

Diego Barroetaveña acompañó ese voto y conformó la mayoría de dos contra uno.

Mariano Borinsky votó en disidencia. Consideró que las restricciones a las visitas carecían de respaldo normativo claro. Remarcó que la tobillera resultaba innecesaria frente a la custodia permanente y la conducta procesal de la condenada. Además, señaló que la limitación para acceder a la terraza no había sido debidamente fundamentada.

Con ese resultado dividido, Casación dejó vigentes todas las reglas fijadas por el Tribunal Oral Federal 2. La defensa de Cristina Kirchner no logró ninguna flexibilización del régimen que rige desde junio de 2025.

Fuente: https://www.iprofesional.com/legales/458424-cristina-kirchner-tobillera-electronica-visitas-restringidas-reves-judicial