Muchas personas se preguntan qué pasa si se es monotributista aún sin tener actividad laboral, ya que, por sus beneficios en cuanto a obra social y aportes jubilatorios parece ser una buena opción. En esta nota te contamos todo lo que necesitás saber.
Muchas personas, incluso aquellas que actualmente no cuentan con empleo remunerado, tienen interés en registrarse en el régimen del monotributo debido a los beneficios que ofrece, como la opción de acceder a una obra social y realizar aportes para la jubilación. No obstante, es común que surjan interrogantes sobre las implicancias de inscribirse en este sistema sin generar facturación. A continuación, se proporcionarán todos los detalles pertinentes para aclarar estas dudas y brindar una comprensión completa de las implicaciones y ventajas que conlleva esta decisión.
¿Qué pasa si no facturo siendo monotributista
Si sos monotributista pero no emitís facturas, es probable que la autoridad fiscal te solicite una justificación para explicar por qué no realizaste la correspondiente facturación, ya que es considerado poco común que una persona no facture en un mes.
En este caso, si deseas inscribirte en el monotributo para acceder a los beneficios mencionados anteriormente, pero no contas con ingresos, es recomendable considerar la opción del «Monotributo social». Este régimen está diseñado para trabajadores informales y emprendedores en situación de vulnerabilidad, por lo que generalmente no hay consecuencias por no facturar en un mes.
En cuanto a los requisitos, es necesario realizar una única actividad económica por cuenta propia y estar fuera del mercado laboral formal o tener trabajos en relación de dependencia con ingresos brutos inferiores al haber previsional mínimo.
En este sentido, es crucial tener en cuenta la composición del monotributo social en términos de los elementos que lo conforman. Básicamente, consta de tres partes: el componente impositivo (que incluye IVA y Ganancias), el componente previsional (que comprende aportes jubilatorios) y el aporte destinado a la obra social.
Monotributo Social
En el caso del Monotributo Social, se toma como referencia únicamente la categoría más baja del Monotributo tradicional, conocida como categoría «A». Luego, el monto a abonar se divide en tres partes como se mencionó anteriormente. En este régimen, el estado subsidia el 100% del componente impositivo y previsional, además de cubrir el 50% del aporte destinado a la obra social. Esto significa que el contribuyente solo abona la mitad del costo de la obra social, que actualmente asciende a $1.530,88 mensuales.
¿Cuánto tiempo se puede estar sin emitir factura
El estado no ha definido un período específico durante el cual un contribuyente pueda estar sin generar facturación en el monotributo. Esto se debe a la suposición de que todos los contribuyentes deberían tener al menos un ingreso mínimo cada mes, por lo que se considera poco común que la facturación sea cero.
Ventajas y desventajas del monotributo
Ser monotributista en Argentina conlleva diversas ventajas:
- Posibilidad de facturar y tener ingresos de manera legal, permitiendo su uso para distintos propósitos como inversiones.
- Acceso a una obra social, proporcionando cobertura médica y de salud.
- Perspectiva de contar con una jubilación en el futuro, al realizar aportes previsionales.
- Capacidad para realizar trabajos para empresas, ya que estas suelen requerir la emisión de facturas por los bienes o servicios proporcionados, lo que facilita la participación en el mercado laboral formal.
Sin embargo, a pesar de las numerosas ventajas del monotributo, también conlleva algunas desventajas importantes:
- Costo Mensual: Deberás abonar un monto fijo mensual, lo cual se convierte en un gasto adicional para tu negocio o actividad.
- Limitaciones: Este régimen tiene ciertas restricciones, como topes en el monto que puedes facturar anualmente y límites en la superficie destinada al negocio.
- Reingreso Tras Pérdida de Condición: En caso de perder la condición de monotributista, puede ser un proceso largo y complejo volver a acceder a este régimen.
- Limitaciones en Deducciones: No podrás deducir ciertos tributos, como el Impuesto al Valor Agregado (IVA), lo que puede afectar la gestión de costos y ganancias.
Fuente (InfoZona)