Según informó El Mensajero de la Costa, el Juzgado de Garantías N° 1 de Dolores rechazó el pedido de desalojo del predio ubicado en el kilómetro 15.500 de la ruta 74, como así también la pretensión del Municipio de General Madariaga en constituirse como particular damnificado en la causa.
Según se desprende de la resolución, la pretensión no corresponde presentarse por la justicia penal, sino por la vía civil.
El predio, vale recordar, fue donado por la Provincia al Municipio en el año 2009, durante la administración del Intendente Mircovich, quien también, en su momento, hizo el reclamo por la presencia de la familia ocupante, obteniendo el mismo resultado. Hoy el municipio pretende construir en el lugar una granja destinada al tratamiento y recuperación de personas con adicciones.
Por otro lado, queriendo hacer valer una condición que no se habría cumplido hace 9 años, la actual gestión afirmó no saber de la usurpación al tiempo que mandaron a cambiar candados:
Mal podría afirmarse que la denunciada Patricia Sityar y sus familiares de apellido Lario usurparon el bien que poseían, cuando fueron los propios funcionarios municipales, sabiéndose ajenos a toda posesión, quienes en una primera instancia cambiaron los candados cortando los que estaban colocados en el predio, con la supuesta pretensión de cumplir una condición cuyo vencimiento de cumplimiento había operado hacia casi 9 años atrás, en tanto recibieron en dicha instancia por la presencia, los reclamos y denuncias realizadas… (Dice la magistrada)
El rechazo de la denuncia penal, contiene además para Santoro y el equipo de abogados, la reiteración por segunda vez de la improcedente legitimación activa de la Municipalidad, para constituirse como particular damnificado en pretensiones de fuero penal, tal cual se lo habían hecho saber en la causa Azpirolea.
El abogado representante de la municipalidad Dr. Alonso, había anticipado este rechazo judicial el día viernes por Radio Tuyú, no sin antes deslizar críticas a la justicia.